Según el reglamento (UE) 2016/425, por Equipo de Protección Individual se entiende el equipo diseñado y fabricado para ser llevado o sostenido por una persona para protegerse contra uno o varios riesgos para su salud o seguridad, así como todo accesorio funcional que forme parte del producto aunque sea desmontable. Los equipos de protección individual (EPI) se dividen en tres categorías:
Cat. I: EPI simple, diseñado para proteger a los usuarios frente a riesgos mínimos, cuyos efectos se pueden identificar a tiempo y sin daños para el usuario.
Cat. II: EPI intermedio no incluido en las otras dos categorías.
Cat. III: EPI complejo destinado a proteger contra riesgos que pueden causar consecuencias muy graves, tales como la muerte o daños irreversibles para la salud.
La norma EN 172 describe los requisitos y las propiedades físicas de los filtros de protección solar para uso industrial. Entre estas propiedades se indican también las características mecánicas y ópticas de dichos filtros. En función del campo de uso, el filtro solar se puede utilizar como filtro integrado en las gafas de seguridad o como filtro individual. Para su uso industrial, los filtros solares deben cumplir también con los requisitos generales para la protección personal de los ojos que aparecen en la norma EN 166.
EN 172
Productos para esta norma